miércoles, 10 de marzo de 2021

Derecho a morir dignamente

 


Así será el nuevo «derecho a morir» tras su aprobación por el Senado

Los médicos tendrán acceso al registro de últimas voluntades para poder ejecutar la eutanasia sin necesidad de consultar con los familiares

La proposición de ley orgánica de regulación de la eutanasia superó este miércoles su tramitación en el Senado y pasará ahora al Congreso de los Diputados para su aprobación definitiva, probablemente el próximo jueves 18 de marzo. Tras incorporar algunas enmiendas del PSOE y de sus socios en el Gobierno durante su segunda lectura, así quedará la nueva «prestación de ayuda a morir», que ofrecerá el Sistema Nacional de Salud (SNS) cuando entre en vigor la nueva regulación.

 

Dos modalidades: España se sumará al reducidísimo número de países que permiten las dos modalidades del «derecho a morir»: la eutanasia y el suicidio asistido.

 

Enfermos crónicos, personas con discapacidad y enfermos psiquiátricos. La eutanasia y el suicidio asistido estarán disponibles en el Sistema Nacional de Salud no solo para los enfermos «terminales o incurables». La discapacidad o una enfermedad psiquiátrica también será un motivo para poder pedir la «prestación de ayuda a morir», ya que la ley reconoce ese derecho a aquellas personas que sufren «un padecimiento crónico e imposibilitante» o «una enfermedad grave e incurable causantes de un sufrimiento físico o psíquico intolerables». La Sociedad Española de Psiquiatría reivindicó una «valoración psiquiátrica obligatoria» de los pacientes que soliciten la «prestación de ayuda a morir» cuando «el juicio o el consentimiento estén en cuestión» y «una revisión del proceso de realización de las voluntades anticipadas». Sin embargo, el PSOE ha desatendido estas recomendaciones.

 

Un año de empadronamiento. Entre los requisitos para poder acceder a la eutanasia se apunta a que bastará con un año de empadronamiento. Además el solicitante de este nuevo derecho deberá ser mayor de edad.

 

En centros privados y también a domicilio. La «prestación del derecho a morir» se podrá realizar en «el domicilio», abriendo la puerta a las residencias y los centros sociosanitarios en caso de que la persona esté ingresada de manera continuada. Además de los centros públicos, también podrá realizarse en los hospitales privados.

 

Exprés. El espacio de tiempo entre que se presenta la solicitud y se recibe la «prestación de ayuda a morir» será muy corto. Con la ley del PSOE, la eutanasia se aplicará con un tiempo máximo de 32 días.

 

El médico puede hacer la solicitud. En aquellos casos en los que el paciente «no se encuentre en pleno uso de sus facultades», será «el médico» el que podrá presentar la solicitud de eutanasia a través «del testamento vital o de un documento equivalente legalmente» suscrito por el enfermo con anterioridad.

 

Acceso del médico al registro de últimas voluntades. El facultativo que trata al paciente, además, «estará legitimado para solicitar y obtener el acceso al documento de instrucciones previas, voluntades anticipadas o documentos equivalentes». Con esta modificación del texto en el Senado por parte del PSOE, se confiere una nueva atribución al médico al permitirle también tomar la iniciativa sobre el proceso y poder consultar por iniciativa propia esos ficheros. Para estos casos, la proposición de ley no establece ningún control específico para garantizar que realmente se está cumpliendo con la voluntad del paciente, más allá de lo suscrito en el documento de últimas voluntades. Tampoco establece ni exige una consulta previa a los familiares.

 

Muerte natural. La muerte producida derivada de la prestación de ayuda para morir «tendrá la consideración legal de muerte natural a todos los efectos».


1 comentario:

  1. #Este virus lo paramos unidos

    Hay que ver que manía tienen los políticos de regular por leyes todo cuanto acontezca en la vida de las personas. Ahora toca legislar sobre el momento que uno quiera reunirse con la muerte.

    Entre el bicho maligno que nos puede contagiar sin avisar, y los galenos que nos pueden poner en manos del barquero ‘Caronte’, para que nos lleve en el último paseo final; se puede pensar que a los humanos vivos nos espera un porvenir de terror,

    Lo llamativo de este artículo es el detalle del requisito de que el solicitante a este viaje haya hecho previamente el testamento vital. Y en caso de que no exista dicho testamento ¿qué puede pasar?

    Pues suponiendo la idiosincrasia del pueblo español es seguro que llegado el caso se aplicará el conocidísimo dicho de “hecha la ley, hecha la trampa” y para el barquichuelo del viaje para la otra orilla del rio de la eternidad.

    ¡Ayyyy Señor! concédenos aquí en la Tierra un vivir sin enfermedades ni preocupaciones, porque con la ideología progresista que les ha entrado a los políticos que nos gobiernan, nuestra existencia en este paraíso terrenal va camino de convertirse en un sinvivir plagado de sobresaltos. Amén


    Saludos

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