martes, 9 de abril de 2019

Testamento Vital



El testamento vital o texto de voluntades anticipadas: qué es y cómo firmarlo

En España la eutanasia es ilegal. Ahora Ángel Hernández, el marido de María José Carrasco, enferma terminal a la que ayudó a morir, se enfrentará a dos años de cárcel (la ley recoge que hasta diez) en mitad de la tormenta desatada en la clase política sobre la legalización o no de la eutanasia. Mientras, en Change.org el número de firmas para que se despenalice no deja de aumentar (superan las 500.000 en tres días). Piden que no se puedan presentar cargos contra alguien que asiste al suicidio.

En España, el testamento vital es, hoy por hoy, el único documento jurídico que permite elegir el final de nuestras vidas. En enero de 2019 había 278.368 personas inscritas en el Registro Nacional de Instrucciones Previas. De ellos, el 59,5% son mujeres. Es una herramienta para evitar el encarnizamiento terapéutico y decidir los tratamientos que se quieren tener una vez nos encontramos en una situación médica irreversible y el paciente no se puede explicar. Mientras conserve su capacidad prevalece en todo momento su voluntad sobre lo escrito en el documento.

Mientras se decide la regulación o no de la eutanasia, las voluntades anticipadas o instrucciones previas, -como también se llama al testamento vital- es el documento jurídico que permite a los ciudadanos españoles manifestar anticipadamente los cuidados y tratamientos referentes a su salud que desean recibir cuando no puedan tomar decisiones o expresar sus preferencias.

La declaración contenida en el documento prevalecerá sobre la opinión y las indicaciones que puedan ser realizadas por los familiares, allegados y profesionales que participen en su atención sanitaria, en tanto no contravenga el ordenamiento jurídico, es decir, no se atendería un "quiero que me practiquen la eutanasia", solo a aquellos deseos que estén dentro de los límites deontológicos y de la buena práctica clínica o no estén clínicamente indicadas.

Del mismo modo, también se puede establecer que, en el caso de que los profesionales sanitarios que atiendan a ese ciudadano aleguen motivos de conciencia para no actuar de acuerdo con su voluntad expresada en el testamento vital, se solicite ser atendido por otros que sí estén dispuestos a respetarla, de esta forma se podría estipular el deseo de ser atendido mediante todo tipo de tratamientos disponibles para mantener la vida, incluso aquellos que no hayan demostrado su utilidad o sean experimentales.

En enero de 2019 había 278.368 inscripciones en el Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP), lo que representa un 0,6% de la población mayor de edad. Por comunidades, Cataluña, con un 30% de estos registros ocupa la primera posición de testamentos vitales registrados; le siguen Andalucía, 14%; Madrid, 9,66%; Comunidad de Valencia, 9,20%, y País Vasco, 8,70%. Entre estas cinco comunidades suman el 71,56% del total de registros.

El trámite contempla la designación de un representante e, incluso de un sustituto, que será el interlocutor ante el médico o el equipo sanitario y velará por el cumplimiento de las instrucciones previas. Para poder tener un testamento vital dependerá de donde vivamos. En Madrid, por ejemplo, se puede conseguir ante tres testigos en las unidades administrativas y en los servicios de atención al paciente de las instituciones y centros sanitarios y socio-sanitarios públicos y privados.

Desde la Fundación Edad&Vida detallan en una guía que el documento de voluntades anticipada no solo permite al paciente influir en las futuras decisiones asistenciales, "sino que facilita a los profesionales de la salud la toma de decisiones respetuosas con la voluntad del enfermo cuando este no tiene ya capacidad para decidir por sí mismo".

Los datos del Registro Nacional tienen asegurada la confidencialidad y sólo pueden acceder a ellos, previa identificación, personas autorizadas por las autoridades sanitarias. El sistema garantiza la identificación de la persona destinataria de la información y la integridad de las comunicaciones. En palabras de la Fundación Edad&Vida, "se trata de un procedimiento que sirve para reafirmar el derecho de autonomía personal y propiciar un final de vida digno". El documento se podrá modificar, sustituir o revocar ante el personal al servicio de la Administración.

Otra opción de tener un testamento vital es con un documento privado y ya será la responsabilidad del paciente o de sus seres queridos enseñárselo o no al personal sanitario. También se puede hacer ante una notaría.

 

2 comentarios:

  1. El testamento vital no tiene nada que ver con el suicidio asistido o la eutanasia. Se trata de un documento en el que un individuo explicita las instrucciones que deberán tenerse en cuenta cuando su estado de salud no le permita expresarlas él mismo, especialmente en lo relativo a tratamientos médicos y al posterior destino de su cuerpo y órganos.

    Con dicha declaración jurídica, los médicos sabrán en todo momento a qué atenerse en cuanto al paciente poseedor del mismo. En España esto no es ninguna novedad, el tema es de sobra conocido.

    Recientemente los medios de comunicación se hacían eco del ingreso hospitalario de una joven, gravemente enferma, y que precisaba una transfusión de sangre.
    Sin embargo la joven es miembro de los ‘Testigos de Jehová’, que prohíbe las transfusiones sanguíneas. Médicos y jueces respetaron sus creencias y no tomaron decisiones en contra de sus creencias.
    Días después se anunciaba que los cuidados paliativos suministrados habían hecho efecto y la joven había mejorado en su estado de gravedad.

    Queda pues claro que los sanitarios se preocupan por la salud y el bienestar de sus pacientes. Que los encarnizamientos terapéuticos no son la mejor solución en el cuidado de los enfermos.

    Por tanto con testamento vital o sin testimonio expresado por persona hospitalizada, tenemos una sanidad pública de calidad y unos profesionales altamente especializados, a los cuales no podemos pedir que traspasen los límites deontológicos de su profesión.

    Me manifiesto a favor de la vida, llegado el caso los cuidados paliativos no traumatizantes para la dignidad humana y sobre todo teniendo en cuenta que en este mundo estamos de paso que el destino existencial siga su curso natural.

    Saludos:

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