Un padre pide que le quiten la patria potestad de sus
hijos porque se portan mal
Reclama sin éxito a la Justicia
que le libere de su responsabilidad paternal con sus dos hijos por razones
"humanitarias"
Denuncia que le amenazan y
consumen drogas
Un padre mallorquín ha
reclamado a la Justicia que le retire la patria potestad de sus dos hijos
menores de edad alegando que tienen un comportamiento inaceptable,
amenazándole de muerte, consumiendo drogas y ausentándose del colegio. Una
actitud, denuncia el progenitor, que además padece una enfermedad que le impide
trabajar, que le ha llevado a pedir que se extinga su responsabilidad
paternal «por razones humanitarias».
En la defensa de su reclamación,
que ha sido rechazada por la Justicia balear en dos instancias diferentes, ha
aportado incluso partes médicos de intoxicaciones por consumo de drogas. El
padre sostuvo en el proceso judicial que los menores no viven con su madre
porque ella no los quiere en su casa y que residen con su abuela de 80 años de
edad.
El Juzgado de Primera Instancia
número tres de Palma ya rechazó el año pasado esta pretensión, que llevaba
aparejada la reclamación de que se le librase también de pagar la pensión de
alimentos que debe desembolsar.
Ahora ha sido la Audiencia
Provincial de Baleares la que se ha pronunciado sobre el asunto, denegando
igualmente su reclamación. Aunque la alta instancia judicial admite que la
situación de los menores, acreditada mediante las pruebas practicadas en el
juicio, «refleja ciertamente una situación que debe ser atendida» para
salvaguardar el correcto desarrollo de los menores, considera que no es
suficiente motivo como para retirar la patria potestad. Un derecho, recuerda el
tribunal, que «no es renunciable» y que «es un conglomerado de derechos y
deberes de los padres que establece la ley en aras de la función protectora y
formativa que corresponde a quienes han asumido la decisión de procrear un
hijo». La ley sólo prevé esa privación de la patria potestad en casos
excepcionales y graves. Y habitualmente, no precisamente por el mal
comportamiento de los hijos, sino por el de los padres, con el fin de
salvaguardar el interés del menor. El caso inverso, insólito, no está previsto
legalmente.
La decisión de retirar la patria
potestad es «de enorme trascendencia y gravedad», recuerda la
sentencia, y ha de limitarse a situaciones «de índole excepcional», siendo
siempre beneficiosa para el hijo, cuyo derecho es el que prima.
En cualquier caso, y aunque
deniega la petición de este padre que se declara desquiciado por la actitud de
sus hijos, la Audiencia sí refleja en su resolución que la situación de estos
menores «exige la actuación de la Fiscalía y de los servicios de protección de
menores», a quienes ya ha alertado la Justicia al hilo de este caso.
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