10 meses de cárcel por
"maltrato ocasional" para un hombre que trató de apuñalar y
estrangular a su mujer
Los jueces que no consideraron violación las actividades de La Manada
han vuelto a las andadas, según relata en exclusiva Público.
El magistrado que quiso absolverlos, Ricardo Javier González, y la
juez cuyo voto fue crucial para que los agresores sexuales quedaran en libertad
provisional, Raquel Fernandino Nosti, han firmado otra sentencia en la que
absuelven de homicidio a un hombre que quiso asesinar a su mujer.
Los hechos ocurrieron en junio de 2017, cuando el
maltratador acudió al domicilio familiar para desmontar un ordenador. La pareja
ya llevaba tres meses separada y estaba a días de firmar el
divorcio.
Ambos se enzarzaron en una discusión frente a sus
hijos de tres y seis años. El hombre fue a la cocina y cogió un
cuchillo de 15 centímetros con el que fue a por su esposa, que trató
de defenderse y recibió un corte que la sentencia insiste en que fue "muy
superficial".
Los dos cayeron
al suelo, donde él cambio el cuchillo por su mano, con la que asió la garganta
de ella y comenzó a apretar. Ante los gestos frenéticos de la mujer, que sentía
que se ahogaba, dejó de tratar de asesinarla. Ella salió a la terraza
con sus hijos a pedir ayuda y él se marchó.
Todos estos hechos, apunta Público, los jueces
los consideran probados. Es decir, consideran incuestionable que el hombre
trató de matar a su mujer dos veces.
Aún así, lo han absuelto de homicidio y sólo lo
han condenado a 10 meses de prisión, menos de lo que pedía su propia defensa,
por un delito de "maltrato ocasional".
"De modo consciente y voluntario"
interrumpió el asesinato
El principal argumento que dan (hasta en ocho
ocasiones, señala Público) es que el maltratador "de modo
consciente y voluntario dejó de apretar el cuello, poniendo fin a la situación
de peligro para su vida" y por tanto su intención de matar "fue
desistida de forma eficaz".
"La causa directa de la no producción de
resultado mortal no fue otra que la voluntaria interrupción de los actos que
hubieran podido causar la efectiva muerte. Consideramos concurrente el
desistimiento, en su modalidad omisiva, que exime de la responsabilidad por
homicidio", dice la sentencia.
Es decir, los jueces consideran que como la mujer
no acabó muerta, no hay que castigar el intento de matarla por parte de su
marido.
Otros argumentos que dan para no condenarlo por
homicidio son que el hombre se dejaba caer "con cierta regularidad"
en la vivienda y el "régimen consensuado" de la separación de su
mujer, así como el hecho de que sufría ansiedad.
El hombre pierde la patria potestar sobre sus
hijos durante dos años y medio y no podrá acercarse a ellos ni a su esposa a
menos de 500 metros por poco más tiempo. Los niños no serán adolescentes cuando
el hombre que trató de asesinar a su madre vuelva a acceder a ellos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Por favor, todo comentario o escrito CONSTRUCTIVO, espero entre todos no avergonzarnos de ponernos al nivel de los que no queremos.
Gracias